En el marco de la Emergencia Sanitaria vigente en nuestro país, recientemente ampliada por DNU 260/ 2020, y teniendo en cuenta que se ha registrado un aumento de casos positivos en distintas localidades de la provincia, el Ejecutivo municipal de Villaguay emitió un nuevo Decreto, el Nº 272/2020, mediante el cual determina que, a partir de las 00 Hs del 13 de agosto del corriente año las personas no residentes en Villaguay que ingresen con motivo del ejercicio de actividades consideradas NO esenciales, provenientes de distritos declarados por el Ministerio de Salud de la Nación como zonas de circulación comunitaria en Argentina, deberán ´presentar un hisopado o testeo negativo con una antigüedad no superior a las 72 hs anteriores a la fecha de ingreso, el cual deberán acreditar a simple requerimiento de las autoridades competentes junto al resto de documentación habilitante para circular. La normativa aclara que los gastos de realización de dicho hisopado serán a cargo del interesado.
En los considerandos resalta que, al igual que en otras localidades de la provincia y el país, este Departamento Ejecutivo considera conveniente el dictado de la medida, previa consulta con el Gabinete de Emergencia de Villaguay, la que es adoptada en protección de los intereses de todos los villaguayenses y, en particular, de la salud pública de los vecinos.
Otra disposición del decreto, destaca que las personas afectadas a actividades y servicios esenciales que ingresen a la ciudad deben limitarse estrictamente a cumplir en nuestra ciudad las actividades y servicios declarados.
El acto administrativo establece además, que quienes deban realizar un reparto de mercaderías o paquetes en nuestra ciudad que no requieran grandes cargas ni transporte en vehículos frigoríficos, deberán realizar el trasbordo de los mismos en los predios dispuestos por el municipio en zonas cercanas a los puestos de control de ingreso a nuestra ciudad tanto Norte como sur.