A partir del 13 de septiembre y hasta el próximo 31 de diciembre, estará en vigencia la veda
para la pesca de dorados en el río Uruguay. La medida busca la preservación de esta especie en
la región.
La Comisión Administradora del Río Uruguay, recuerda que el periodo de veda para la pesca
comercial y deportiva del Dorado, rige según Resolución Nº 59/2012. Esta medida fue
confirmada para el presente año 2021 por Resolución CARU Nº 16/21 que modifica el Artículo
2º de la Nº 59/2012 y queda redactado de la siguiente manera: “Establécese como período de
veda para la protección de la especie Dorado (Salminus Brasiliensis) en sus modalidades de
pesca comercial y deportiva, el lapso comprendido entre los días 13 de Septiembre y 31 de
Diciembre del corriente año 2021”.
En este sentido, desde la Secretaría Técnica de CARU reiteraron en la fundamentación de la
mencionada resolución, que el Dorado realiza migraciones reproductivas regulares en los ríos
de las cuencas donde todavía habitan. El período reproductivo en nuestra región es en la
primavera y el verano, por lo que se establece la veda estos cuatro meses para proteger la
época del desove y aumentar así la eficiencia reproductiva.
La CARU recuerda que la mencionada Resolución, se enmarca en las tareas de preservación de
la Biodiversidad y la conservación de los recursos ícticos del Río Uruguay que desarrolla la
Comisión Administradora del Río Uruguay, por mandato del Estatuto del Río Uruguay.
La decisión se encuentra en proceso de publicación en el Diario Oficial de la República Oriental
del Uruguay y el Boletín Oficial de la República Argentina.